La OCU advierte a los autónomos hosteleros sobre prácticas ilegales en sus negocios

En un reciente informe, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha alertado a los autónomos del sector de la hostelería sobre diversas prácticas que, aunque comunes en muchos bares y restaurantes, son consideradas prácticas ilegales y podrían acarrear sanciones. Con el aumento de la actividad en estos negocios durante la temporada estival, es crucial que los hosteleros estén bien informados para evitar problemas legales.
Prácticas comunes que debes evitar
Una de las prácticas más extendidas, pero ilegales, es el cobro por el servicio de mesa o cubierto. La OCU ha aclarado que este tipo de cargos no está permitido, a menos que una normativa autonómica específica lo autorice. Este cobro debe estar incluido en el precio de los platos y bebidas, ya que se considera parte integral del servicio de hostelería.
Otra irregularidad es no ofrecer una carta física con precios visibles. Aunque el uso de códigos QR se popularizó durante la pandemia, los establecimientos están obligados a proporcionar una alternativa en papel para aquellos clientes que la soliciten. Además, todos los precios en la carta deben incluir el IVA; cualquier intento de agregarlo después es ilegal.
Los suplementos por servicio en terraza también son un área delicada. Solo se pueden cobrar si están claramente indicados en la carta y el cliente ha sido informado de antemano. De lo contrario, este cobro adicional podría ser considerado una infracción.
Obligaciones adicionales y derechos del cliente
Entre las obligaciones destacadas, la OCU subraya que los establecimientos deben ofrecer agua del grifo de manera gratuita si el cliente lo solicita, incluso si el sabor no es el mejor. Este derecho del consumidor es a menudo pasado por alto, pero su incumplimiento puede resultar en sanciones.
Asimismo, no se puede rechazar el pago en efectivo, ya que es un método de pago legalmente válido en toda España. Sin embargo, los establecimientos pueden negarse a aceptar tarjetas de crédito si lo indican claramente antes del consumo.
Finalmente, aunque la práctica de dejar propina es voluntaria y habitual en muchos países, en España no es obligatorio, y ningún establecimiento puede exigirla o incluirla automáticamente en la cuenta.
Para los autónomos hosteleros, es fundamental cumplir con estas normativas no solo para evitar multas, sino también para mantener una relación de confianza con sus clientes. El conocimiento y la correcta aplicación de la ley pueden ser la diferencia entre un negocio próspero y uno que enfrenta serias dificultades legales.
