Cómo deben calcular los autónomos el periodo de prueba de sus asalariados

El cálculo del periodo de prueba es una cuestión relevante para los autónomos que contratan asalariados. La legislación y las recientes resoluciones judiciales han aclarado varios aspectos importantes que todo autónomo debe conocer para garantizar el cumplimiento de las normativas laborales.
¿Qué es el periodo de prueba?
El periodo de prueba es un tiempo establecido al inicio de la relación laboral durante el cual el empleador evalúa la adecuación del trabajador al puesto. Durante este periodo, tanto el empleador como el trabajador pueden finalizar la relación laboral sin necesidad de alegar una causa específica ni derecho a indemnización por parte del trabajador.
Duración del periodo de prueba
Varía según varios factores:
- Formación del trabajador:
- Técnicos titulados: hasta 6 meses.
- Otros trabajadores: hasta 2 meses.
- Tamaño de la empresa:
- Empresas con menos de 25 trabajadores: el periodo para no titulados técnicos no puede exceder los 3 meses.
- Tipo de contrato:
- Contratos indefinidos de apoyo a emprendedores: el periodo puede durar hasta 1 año.
En contratos temporales de duración determinada no superiores a 6 meses, el periodo de prueba no podrá exceder de 1 mes, salvo disposición contraria en el convenio colectivo.
Derechos y obligaciones durante el periodo de prueba
Durante este periodo, el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que si fuese un empleado de plantilla, a excepción del derecho a indemnización por despido. Esto incluye el derecho a la cotización a la Seguridad Social y la acumulación de tiempo trabajado para posibles prestaciones por desempleo futuras.
Interrupciones del periodo de prueba
Situaciones como la incapacidad temporal, maternidad, adopción o riesgo durante el embarazo pueden interrumpir el periodo de prueba si ambas partes así lo acuerdan. De lo contrario, el periodo continúa corriendo.
Finalización del periodo de prueba
Tanto el empleado como el trabajador pueden dar por terminada la relación laboral durante el periodo de prueba sin necesidad de preaviso ni justificación. Sin embargo, es recomendable realizar una notificación por escrito para evitar malentendidos futuros. Si éste finaliza sin que ninguna de las partes haya manifestado su deseo de finalizar la relación, el contrato continuará con plenos efectos.
Consideraciones judiciales recientes
Los jueces han determinado que el pacto de un periodo de prueba es nulo si el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa bajo cualquier modalidad de contratación. Además, si el despido durante el periodo de prueba es debido a causas discriminatorias, puede ser declarado nulo.
En resumen, los autónomos deben estar bien informados sobre las normativas y derechos relativos al periodo de prueba de sus empleados para evitar posibles conflictos legales. Es crucial cumplir con las duraciones máximas permitidas y entender las condiciones bajo las cuales se puede interrumpir o finalizar este periodo.
